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Manel Gozalbo
belga197, confidente del CNI, me dio la pista:
LA Sala [de la Audiencia Provincial de Madrid] menciona un recurso de apelación de AES en el que supuestamente concretarían alguno de esos "hechos", pero de ese recurso no veo que nadie tenga noticia, ni se da información sobre su contenido, ni sobre su resolución. ¿Se lo están inventando?
Luego, mi periodismo de investigación me condujo hasta [ CENSURADO ] por aquel entonces el Lt. Col. Leonard 'Smokey' Carson, enlace de Inteligencia de los [ CENSURADO ], ante quien expuse que [ CENSURADO ]. Carson escupió sobre el pedregal afgano el pegote de tabaco que mascaba desde hacía tres años y, mientras esquivábamos los disparos de los talibanes, me [ CENSURADO ]: "Podría contarte lo que sé, pero luego tendría que matarte". Sus palabras no [ CENSURADO ] entre los piratas somalíes, y todos sabían que yo no pensaba abandonar así como así la búsqueda de ese documento ultrasecreto que podría dinamitar la civilización occidental y bla bla bla.
La Versión Oficial, en cambio, insiste en que bastó solicitar a Carlos Martínez-Cava el recurso de apelación que su partido interpuso contra la previa decisión del Juzgado de Instrucción nº 6 de Madrid y él, muy gentilmente, me lo remitió adjunto a vuelta de correo, por lo cual reitero mi agradecimiento. Pfff, la Versión Oficial, ¿quién se va a creer semejante patraña?
ÍNDICE DE LA SERIE
Prólogo, donde se explica de qué va esta serie: —Titadyn, o la conspiranoia en los tribunales.
Cap. 1, donde se relata el principio de un gran engaño: —Titadyn. Una no-noticia explosiva, 1.
Cap. 2, donde se habla de la denuncia olvidada: —Titadyn. El éxito como fracaso, 2.
Cap. 3, donde se expone la denuncia y su archivo: —Titadyn. La denuncia de AES, 3.
The Hounds of Silence
La broma con que abro este capítulo es más que una broma. Se trata, antes que nada, del enésimo indicio de que los pocos medios que investigamos el 11-M se muestran sumamente selectivos en la información que proporcionan a sus clientes. Tendremos ocasión de hartarnos de sus raras decisiones editoriales cuando repasemos noticias y no-noticias durante la multitudinaria instrucción llevada a cabo en el Juzgado de Instrucción nº 43 de Madrid tras la querella presentada por la AAV11-M contra Sánchez Manzano y Marian 17632, e iluminaremos ejemplos más que bastantes para concluir que una historia que se inició con la tomadura de pelo de la campaña de publicidad encubierta en favor del libro Titadyn solo podía degenerar y corromperse. Partiendo de un engaño interesado, alcanzaremos las más altas cotas de confusión.
El caso que nos ocupa es paradigmático de la práctica de estos medios. Porque no convenía a sus intereses, no publicaron la presentación de la denuncia de AES, no publicaron su archivo días después, no publicaron la interposición del recurso de apelación ni publicaron su inadmisión días después. Nada de ello existió en sus páginas de papel o bits, ni por tanto en la cultura de sus lectores. Y no contentos con tanto silencio en tiempo real, ni siquiera han aludido a este recurso, que es la madre del cordero, después de verlo referido en el auto de la Audiencia Provincial de Madrid. belga197 tiene motivos para preguntarse extrañado: ¿pero qué pasa aquí? Eso digo yo. Ni siquiera José María de Pablo, letrado de la AAV11-M que sabía al menos desde diciembre de 2009 de la denuncia de AES —porque su existencia y archivo se había aducido en el juzgado nº 43—, muestra sin embargo el menor signo de conocer el posterior recurso de apelación en su análisis post mórtem. Lo malo es que ya bastante equivoca en su exposición otros aspectos y circunstancias como para añadir la sospecha de que lo hace a sabiendas. Ya bastante se expresa en los medios cual leguleyo en busca de una oportunidad (¿«archidemostrada ocultación dolosa de pruebas»?) como para pensar que estropee sus reflexiones por un mal entendido concepto de la representatividad. Lejos de nos.
La cuestión es que esa Tribuna de de Pablo es, de arriba abajo, un monumento de incorrecciones, inexactitudes y desinformación impropias del letrado perjudicado por el archivo de su querella, y solo resulta publicable sin llamar (especialmente) la atención porque el lector interesado en el tema carece del documento principal contra el cual contrastarla. Pero es que si este recurso de AES se hubiera divulgado en febrero, cuando el archivo de la causa, los pocos medios que investigamos el 11-M no habrían podido seguir con el ambiente emocional que construyen a golpe de noticias sesgadas o, como ocurrió el sábado 11 de febrero, mediante faldones de portada que en vez de informar apelan a la falacia ad misericordiam:

Luego vendrán las puñetas judiciales —en los dos sentidos— y nadie entenderá nada. Otra vez. Y habrá que desempolvar las mismas falacias. Una vez más.
El recurso de apelación
Se recordará que fue el 2 de julio de 2009 cuando, gracias a rima, más conocido en el siglo como Ricardo Moreno, abogado y presidente de la Asociación Peones Negros de Madrid, la comunidad de naciones supo que el instructor del juzgado nº 6 había archivado unos días antes, el 19 de junio, la denuncia de Altenativa Española. También he comentado alguna vez que en esta saga carecemos de presupuesto para casting; lo completo ahora diciendo que el bolsillo tampoco llega para calendarios. Nos apretamos tanto el cinturón que ese mismo 2 de julio de 2009 fue precisamente cuando AES presentó su recurso de apelación, el que aquí nos ocupa.
Consta de 14 páginas, por lo que juzgo más racional ofrecer algunas pinceladas del mismo y ponerlo a la descarga (ver abajo del todo) para facilitar otros análisis que transcribirlo aquí en su integridad. Digamos, para ser justos en la exposición, que AES objeta en él algunas de las observaciones más punzantes del contundente auto de archivo y sobresemiento libre que vimos en el anterior capítulo (técnicas retorcidas y taimadas, acusaciones oblicuas, etc.), y resume su posición:
Nótese que no se interpone querella, ni se dirige el suplico a la necesidad de imputar a persona concreta, ni siquiera se requiere que se acuerde el interrogatorio de las personas que en la denuncia se citan a titulo exclusivamente enunciativo (que no oblicuo), ni que se fije fianza o se adopte otra medida cualquiera, lo único que se pide es un pronunciamiento e investigación de si lo que aparece en el libro es o no constitutivo de alguna infracción penal. Y ello por una sencilla razón: esta parte ignora si lo revelado en el libro es cierto o no. Pero tratándose de un hecho público, de interés general y nacional (estamos en presencia del atentado más grave de la historia de España), se considera necesaria la actuación de los juzgados y tribunales en su esclarecimiento.
Pero el propósito de nuestro relato a plazos nos obliga a no demorarnos en tecnicismos (más de lo que ya lo hemos hecho, quiero decir). Hay que empezar a subrayar los elementos que forman parte de la intoxicación informativa elaborada por El Mundo en colaboración con otros medios y con la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M. La imprevista participación de Alternativa Española en el enredo —cuya sinceridad en las acciones emprendidas, a mis ojos, les exime de cualesquiera faltas formales o veniales— lo hará todo más evidente. Mucho más evidente.
El Mundo como autor intelectual
En el capítulo 2, en base a lo que cabía deducir del texto de la denuncia presentada por AES, por sus excesos, omisiones y argumentos fallidos, establecí más allá de toda duda su clara dependencia del discurso de Pedro J. Ramírez titulado Yo acuso (España 2009). Ahora he de repetir el diagnóstico al examinar el recurso de apelación. La ventaja es que no tengo que deducirlo vía artes oscuras del análisis contextual deconstruido y me llevo dos: lo confiesan ellos. La sombra de EM es constante. Pág. 2 del recurso:
Siguiendo la línea argumental del Presidente de la Sala encargada de juzgar el caso "11-M" Excmo. Sr. Gómez Bermúdez, en una entrevista concedida en octubre de 2006 a Doña Esther Esteban "Todavía hay algún asunto del GAL coleando. Y lo mismo ocurrirá con el 11-M. Siempre que aparezca un hecho nuevo. Con independencia de que aparezca antes, durante o después del juicio, se podrá abrir una nueva investigación. Ese es el sistema procesal español. Estoy seguro que se descubrirá la verdad, se tarden mas o menos años".
La cita procede de una entrevista de 2006 —fuente del mote SuperBer, a todo esto—, pero en AES no la han tomado de tan lejana fecha. Su versión, en la que se empalman dos sucesivas respuestas de Gómez Bermúdez y se modifica la puntuación original, procede en realidad de una de las no-noticias que animaron el lanzamiento de Titadyn.
En la pág. 4 se recuerda que el 'Informe Iglesias' ha sido «amparado, visado, por el Colegio de Químicos de Madrid». En la pag. 6 proponen «las acusaciones vertidas contra determinadas personas participantes en el procedimiento 11-M, entre otras las del Director del periódico El Mundo, D. Pedro J. Ramirez». Luego insisten en que el 'Informe Iglesias' está visado por el Colegio y, más abajo en la misma página, redondean la faena:
Se adjuntan como documentos núms. 1 y 2, copia en formato DVD de la intervención que el periodista y Director del periódico EL MUNDO, realizó durante la presentación del libro "Titadyn", el pasado 1 de junio de 2009; y copia del artículo firmado por el mismo periodista y que contiene la trascripción de la anterior intervención, extraída de la hemeroteca del periódico EL MUNDO, que fue publicado el día 2 de junio de 2009 y que puede leerse en la siguiente dirección de internet: http://www.elmundo.es/papel/2009/06/02/espana/15630993.html
Ahí es nada, el Yo acuso (España 2009) aportado como prueba. En la pág. 10 vuelve el Yo acuso del director de EM: «así sucede con las manifestaciones realizadas por el periodista y director del periódico EL MUNDO, Pedro J. Ramírez, que en la presentación del libro llegó a expresarse los términos que pueden escucharse y leerse en los documentos núms. 1 y 2». Y, por último, en la pág. 12 confunden el visado del Colegio de Químicos con un aval, como ya se hiciera en una famosa portada de EM desmentida posteriormente por la institución colegiada:
Más aún cuando el informe pericial ha sido visado, en definitiva avalado, por el Ilustre Colegio de Químicos de Madrid, e incide en el contenido de cuanto ya hayan podido manifestar los mismos en el seno de un procedimiento penal.
Y todavía se preguntaba Luis del Pino quién había instigado la «sorprendente querella» que era una denuncia. Padres que repudian a sus hijos bastardos, bah. A mí lo que me parece es que la identidad del autor intelectual —por decirlo con la jerga al uso— ha quedado sobradamente documentada: sin la campaña de no-noticias detallada en el capítulo 1, ni denuncia ni recurso de AES habrían existido. Por ello, en mi opinión, la sinceridad de sus acciones judiciales exonera a AES de las distintas impericias formales que quepa señalar (incluidas las faltas de ortografía); aunque estaban equivocados en el fondo de la cuestión, hicieron lo que es obligatorio en nuestro Estado de derecho: denunciar los delitos ante las autoridades. Decenas o cientos de comentaristas en la Internet, más o menos anónimos, compartieron la misma convicción de AES o una peor, y también la compartieron y la alentaron diarios nativos y blogs, y programas de radio y televisión, y superhéroes de Google y quieto parao ahí, pero ninguno acudió a los juzgados. Ni siquiera los promotores del engaño, en una no tan curiosa variante judicial del clásico 'pasa tú primero que a mí me da la risa'.
AES sí, subió al escenario y declamó su parte, pero la farsa no era suya. Por maravillas del destino, la sinceridad de su actuación terminaría sacando los colores al histrionismo impostado del resto de actores.
Montan un circo y les crecen los delitos
Por más que en Alternativa Española sigan ignorando en su recurso el hecho fundamental de que el «altamente probable» de 2009 es idéntico al «altamente probable» de 2007, y que por consiguiente un número de sus razonamientos derive en incoherencias o falsedades y no afecte en lo más mínimo a la sentencia de la Audiencia Nacional (y posterior casación en el Supremo), hacen el esfuerzo de sostenella. Y bien digo sostenella, porque repiten lo que en la denuncia aportaron mediante el libro Titadyn. A fin de exculparse de las reprimendas que el instructor García de Dios había incluido en su primer auto de archivo, los letrados de AES pasan a, por decirlo así, deletrear lo que el instructor ya sabía por haber leído el libro.
No ignoro que a quien no haya leído Titadyn le costará comprender la situación, así que la analogía sería la siguiente: es como darle a ver una película a un amigo y, tras que este después de verla la rechace por absurda, uno insista: ¿pero te has fijado que en la escena tal pasa esto, que en la escena cual pasa lo otro y que al final el culpable es el mayordomo? Claro: ha visto la película, lo sabe, pero le sigue pareciendo sin sentido. Pues bien, pese a que García de Dios, en su primer auto, abre lamentando que «por imperativo legal ha tenido que leerse el libro» y que este, junto con la denuncia que lo aporta como prueba, ha sido objeto de su «análisis metódico» (primero) y de su «análisis razonado» (más adelante), en AES quieren que entienda bien la película y se ponen pesados con las escenas cumbre.
El delito de falso testimonio —que ya señalaron específicamente en su denuncia— es recontado fotograma a fotograma, con cita de la escena tal y la escena cual, dirigiendo la atención del instructor hacia los efectos especiales aquí (ETA) y allá (metenamina), o alabando los ratitos de acción trepidante («"la actuación irregular del responsable de los Tedax" (pagina 17)» y el buen trabajo de los especialistas cuando caen del coche en marcha («las actitudes, parece ser obstruccionistas, del director de la pericia (página 61)»). Además, para terminar de convencerle, AES no se olvida de recurrir al amigo-cinéfilo-que-lo-sabe-todo:
Los hechos denunciados, son, como hemos dicho notorios y públicos. Se encuentra presente no sólo en las librerías, sino en multitud de foros de debate social, llegándose incluso a formularse acusaciones graves de las que se han hecho eco gran parte de los medios de comunicación y alas que antes nos hemos referido, así sucede con las manifestaciones realizadas por el periodista y director del periódico EL MUNDO, Pedro J. Ramírez, que en la presentación del libro llegó a expresarse los términos que pueden escucharse y leerse en los documentos núms. 1 y 2.
Lo manifestado en dicho acto público pudiera ser considerado una acusación directa contra personas concretas y por delitos concretos. Pero, y aquí está la absoluta diferencia con la denuncia de ALTERNATIVA ESPAÑOLA, nuestro escrito no da por cierto el contenido del libro, solo pone en conocimiento de la Justicia su contenido por si fuera constitutivo lo que en el se relata de infracción penal. No lo damos por cierto porque no somos expertos en la materia pericial en cuestión. No sabemos el grado de certeza que las palabras del perito pueden estar alcanzando. De tener esa seguridad a buen seguro se habría realizado una acción bien distinta, amparada en el ejercicio de la acusación pública y contra todos aquellos que pudieran haber actuado de forma ilícita.
Pero el problema es que todo ello, y más, ya lo conocía el instructor que tuvo que leer Titadyn por imperativo legal. De modo que, cuatro días después, García de Dios inadmitió el recurso por la total impertinencia procedimental del mismo. AES no era parte en el proceso, no podía ejercer la acusación particular ni la acción popular. Aquello no era querella. Y nunca más se supo. Hasta que en febrero de 2012 la Audiencia Provincial de Madrid, en su auto de archivo, a instancias de la defensa de Sánchez Manzano y Marian 17632, valoró la existencia de la denuncia y el recurso de apelación y concluyó que, en efecto, la querella contra los dos funcionarios policiales era cosa juzgada. En realidad, dos veces cosa juzgada. No, no es a un auto de cosa juzgada a lo que se enfrentan los conspiranoicos, sino a dos. Cuando el instructor del nº 6 decreta el sobreseimiento libre de la multitud denunciada por AES lo hace, entre otras razones, por apreciar en la denuncia y en el libro la intención de reabrir «la cosa juzgada» en 2007-2008. Esa es la primera vez. Cuando la Audiencia Provincial archiva la causa instruida por la titular del juzgado nº 43 es la segunda. Non tris in idem.
La Audiencia Provincial
Al presente episodio solo le faltan las referencias al mismo en el auto de la mencionada Audiencia (negritas en el original):
No hay que olvidar que la denuncia se presentó junto con el libro "Titadyn", y que según dice el Juez de Instrucción en su auto, éste leyó el libro para conocer todos los hechos que se estaban denunciando. También hay que destacar que el mencionado libro contiene, no solo análisis químicos sino sus conclusiones, y las conclusiones y comentarios del Sr. García Abadillo en el prólogo.
Pero es más, en el recurso de apelación interpuesto por el partido político denunciante contra el auto de 19 de junio de 2009, éste sigue explicando sus imputaciones, y así se dice que según se desprende del libro en su prólogo e informe se ocultaron o manipularon pruebas, siendo relevante su alteración, falta de custodia, obstrucción al conocimiento de los hechos o de otros autores, lo que evidenciaría actuaciones tipificadas en el art. 458 y siguientes del CP. Se continúa haciendo hincapié en el recurso que, o no se detectó o no se quiso informar de que se había encontrado metenamina en los análisis, manifestando que el director de la pericia se negó a mostrar los cromatogramas que hubieran permitido comprobar la existencia o no de ese componente.
Añade el citado recurso, que alguien se opuso a entregar información, alguien quiso ocultar información tan relevante. También denuncia que hay que investigar la cadena de custodia de las muestras y las actitudes obstruccionistas del director de la pericia. También destaca que hay que investigar las contradicciones habidas en las declaraciones de las personas que intervinieron en las pericias. Mantiene que se debe igualmente investigar la actuación irregular del responsable de los Tedax. Destaca la supuesta irregular gestión que sobre la información y las pruebas pudieran haber llevado a cabo determinadas personas.
Como se puede apreciar la narración de hechos contenida en la denuncia de la que conoció el Juzgado de Instrucción nº 6 de Madrid, en el libro que la soportaba y en las matizaciones contenidas en el escrito de recurso de apelación, pone de relieve la ocultación de pruebas o vestigios, la ocultación de resultados, y el faltar a la verdad en las pericias o en las testifícales de aquellos profesionales, peritos y funcionarios encargados de realizar las mismas y en sus responsables. Hechos todos ellos encuadrables tanto en el propio art. 458 y siguientes (único precepto que cita la denuncia), como en los artículos 408 del CP -de omisión del deber de perseguir los delitos, o en el art. 451. 3º a) del CP. -delito de encubrimiento de un hecho de terrorismo-.
He ahí los tres delitos que la AAV11-M señaló en su querella. Por tanto, a la Audiencia no le queda otra que rematar:
En definitiva, entendemos que el procedimiento seguido en el Juzgado de Instrucción nº 6 de Madrid el Diligencias Previas 2476/2009 que acabó con auto de sobreseimiento libre de fecha 19 de junio de 2009 que devino firme, constituye cosa juzgada material respecto del procedimiento seguido en el juzgado de Instrucción nº 43 de Madrid en la Diligencias Previas 5569/09 al existir identidad de hechos y de personas imputadas ... Este segundo procedimiento que se ha seguido en el Juzgado de Instrucción nº 43 no hace sino reproducir aquel, siendo procedente, por todo lo expuesto, el sobreseimiento libre de este procedimiento por cosa juzgada ...
Algún día quizá descubramos por qué el reconocimiento de una duplicidad tan manifiesta fue pospuesto una y otra vez por la Fiscalía y por la titular del juzgado de Instrucción nº 43:
Lo cierto es que en este procedimiento los querellados ya propusieron esta cuestión mediante escrito de fecha 28 de diciembre de 2009 (folio 995 tomo IV) que reiteraron en diversas ocasiones, al no ser resuelto por la Jueza de Instrucción, y ésta a su vez reiteró en numerosas ocasiones al Ministerio Fiscal para que informase al respecto, según se puede comprobar en los antecedentes de hecho del auto recurrido de 25 de mayo de 2011.
Mientras ese peloteo tuya-mía entre el fiscal y la instructora se alargaba durante casi año y medio (!), nuevas acusaciones populares se sumaron a la causa y propusieron ciertas diligencias —que la juez aceptó— sobre materias en las que, se mire por donde se mire, ni Sánchez Manzano ni la perito de los Tedax tuvieron jurisdicción el 11-M y días sucesivos (o en ningún otro momento de la investigación instruida por el juez del Olmo), ergo responsabilidad cero. Por eso los sospechosos habituales apodaron a Coro Cillán «la juez del 11-M». Y por eso algún periódico, poquito antes de que se archivara la causa, llegó a publicar que las acusaciones pensaban llamar a declarar a Dezcallar, director del CNI cuando los atentados de 2004. ¿Estamos seguros de que se instruía una querella contra Sánchez Manzano y la perito? Lo correspondiente a estos dos, ¿era la única «cosa juzgada» que se veía en el nº 43? Como advertí en el prólogo, lo del juzgado nº 43 era más bien la conspiranoia entera llevada a los tribunales.
La primicia mundial
Así que lo de hoy es primicia mundial, ¿eh? No diré, como el clásico, que solo por esto ya vale la pena que exista HispaLibertas. El founding father me correría a gorrazos y los lectores más veteranos se sentirían insultados, y todos con razón. Además, es probable que no sea la última exclusiva de esta serie y tampoco es cosa de ponerse tontorrones. En fin, el recurso de apelación de AES y el posterior auto de inadmisión (que, por cierto, es una segunda primicia mundial [y que no la debo a Martínez-Cava]) los he comprimido en un achivo rar (219 K) que puede descargarse de aquí.
Esta parte de la farsa è finita, y para que quede a juego con las cortinas no tendrá eco en la prensa conspiranoica. Mejor que salgamos de estos imprevistos escombros onceémicos con la agilidad que nos caracteriza y volvamos al itinerario marcado por El Mundo. Ya me debo haber quejado alguna vez de nuestra falta de presupuesto para casting y calendario, ¿verdad? Lo digo porque el mismo día que García de Dios cerraba definitivamente la causa de la denuncia de AES en el juzgado nº6, El Mundo anunció la próxima reapertura de la misma causa. El mismo día. Como consecuencia del mismo libro.
Continuará...
"el mismo día"
joder, Manel, la curiosidad me corroe.
no sé si me adelanto, o si ya puede vislumbrarse la respuesta y yo no me entero. Entiendo el silencio de los conspis ante el archivo y la inadmisión del recurso(casi me parece más "respetable" que el bochornoso y desvergonzado "punto por punto" tras la sentencia del boric report), pero ¿por qué el silencio ante la denuncia? se basaba en la obra de Galileo y en el discurso de Pedro Zola. ¿No era lo que siempre busca P.J., que otros se mojen por él, apoyándose en sus enredos? ¿esa denuncia, en ese momento, le jode el invento a P.J.? ¿por qué?
arrggggg, quiero de sabé
PD: lo de "por imperativo legal ha tenido que leerse el libro" es genial, queda para la historia (tragicómica) del conspiracionismo 11-M
La de casos por resolver que tiene la justicia en este país y la de tiempo que le han tenido que dedicar (y el que le van a tener que dedicar, me temo) los jueces y fiscales a todas las sandeces de estos individuos ("por imperativo legal ha tenido que leerse el libro").
En fin, que enhorabuena por las cuatro primeras entregas de esta serie, que seguiré atentamente desde mi retiro anticonspiranoico (ya no pierdo el tiempo ni en leer los artículos de los conspiranoicos: me aburre soberanamente RE-leer las mismas noticias de hace años recauchutadas y readecentadas).
Un saludo.
Nituniyo
Tal vez la respuesta empieces a imaginarla con el título del siguiente capítulo: "Titadyn. No son noticias, es algo personal, 5"
Elkoko
Gracias, compatriota. Te entiendo perfectamente: es aburridor. Pero ya sabes aquello de 'es un trabajo duro pero alguien tiene que hacerlo'.
jeje, sí, me hago una idea
con estos artículos tan jugosos, y yo que tiendo hacia la conspiranoia inversa, voy a terminar pidiéndote que entrevistes a Escribano a ver si aquél famoso párrafo con tan peculiares deducciones bórico-lógicas se le ocurrió a él solo, o debemos creer en la existencia de un desconocido y cloaquil autor intelectual
un saludo y gracias again por tu trabajo
Felicitaciones muy calurosas por esta serie, Manel. Y también por tu periodismo de investigación (¿que no? ¡pues a ver cómo lo hubiera llamado C. G.-A.!) de hacerte con la apelación de AES. "...bastó solicitar a Carlos Martínez-Cava el recurso de apelación que su partido interpuso contra la previa decisión del Juzgado de Instrucción nº 6 de Madrid y él, muy gentilmente, me lo remitió adjunto a vuelta de correo". Sí, sí... pero había que pedírselo.
Espeo con mucho interés los siguientes artículos, y hallazgos (¿más periodismo de investigación?). No sé si acierto cuando pienso que Piyei no quería sacar lo de AES porque deseaba usar una posterior actuación judicial (la que promovió De Pablo, instigado por él) para tapar el posible adverso resultado de la querella de S-M contra Piyei in person. El periódico como cortijo. Qué asquete.
""Nótese que no se interpone querella, ni se dirige el suplico a la necesidad de imputar a persona concreta, ni siquiera se requiere que se acuerde el interrogatorio de las personas que en la denuncia se citan a titulo exclusivamente enunciativo (que no oblicuo), ni que se fije fianza o se adopte otra medida cualquiera, lo único que se pide es un pronunciamiento e investigación de si lo que aparece en el libro es o no constitutivo de alguna infracción penal. Y ello por una sencilla razón: esta parte ignora si lo revelado en el libro es cierto o no. Pero tratándose de un hecho público, de interés general y nacional (estamos en presencia del atentado más grave de la historia de España), se considera necesaria la actuación de los juzgados y tribunales en su esclarecimiento."
O sea que no pedimos na pero mírelo Ud. a ver.
Impresionante. Es una pena que no haya una figura legal como váyase Ud. a mamarla o tequiés ir ya quillo!! Y no termina ahí no, a los cerebros se les ocurre hacer un diseño para que el juez lo entienda bien.
Ayer fue lunes...
Cero07
Momentito, que estaba terminando un 'periodismo de investigación' perpendicular a esta historia (y ya la he terminado felizmente). En unas horas me pongo con esto otra vez.